Queda mucho por hacer

 

5 igualdad racial4-calixtoLic. Amado Calixto Gammalame.

Si bien el racismo en Cuba comienza a disminuir durante las guerras independentistas por la evidente presencia de negros y mulatos entre los mambises, solo es un comienzo. Aún queda mucho por hacer, pasados más de doce años del Siglo XXI.

La idea de la marca o diferencia de determinado grupo social en relación con su origen étnico ha sido el factor medular para el desencadenamiento de prejuicios y actitudes que impiden la más justa y total comprensión del problema desde el punto de vista histórico, económico, y social.

Sobre el tema mucho se ha dicho, pero en la práctica poco se ha hecho, lo más loable a mi juicio es lo refrendado en la Constitución de la República artículos 41 y 42. (41)Todos los ciudadanos gozan de iguales derechos y están sujetos a iguales deberes. (42) La discriminación por motivo de raza, color de la piel, sexo, origen nacional, creencias religiosas y cualquier otra lesiva a la dignidad humana está proscrita y es sancionada por la ley.

Pero de ahí a la vida cotidiana va un gran trecho, pues se constatan a menudo los criterios de inferioridad y marginalidad que subyacen en la mente de muchas personas en relación con los negros, incluido, el criterio de los que toman las principales decisiones en el país, aún cuando de vez en vez lo reconozcan.

Solo mirar como ejemplo, el contraste en la composición étnica de los representantes del cuerpo diplomático cubano, ya sea para representarnos en Burundi, Burkina Faso o Togo, en los estudiantes del Instituto Superior de Relaciones Internacionales (futuros diplomáticos), o en los actuales dirigentes del llamado primer nivel de dirección; en relación a la gran masa de intelectuales negros, formados por el propio sistema, con las mismas características, ostentando la primera condición que se debe tener para ocupar esos cargos: ser militante del único partido autorizado en Cuba.

No es mi estilo comparar nuestro pequeño país con otros, pero como ya se habla del relevo generacional, realizo dos preguntas que se relacionan con el tema: ¿Habrá en Cuba un presidente negro como en los Estados Unidos?, ¿Será una negra? Que nadie se asuste, solo estoy fantaseando.

 

¿SABIA USTED QUE…?

En carta dirigida por el abogado bayamés Carlos Manuel de Céspedes, quien más tarde sería reconocido por la Historia nacional como el «Padre de la Patria», al ciudadano José Morales Lemus, Ministro Plenipotenciario de la República de Cuba en armas y fechada en Guáimaro el 15 de abril de 1869, Céspedes decía:

«Más tarde remitiré a Ud. íntegra esa ley fundamental de nuestra República. En ella se reconocen y garantizan los derechos de todos los hombres sin distinción alguna de raza o condición, se establece la independencia completa entre los tres grandes poderes de la nación. El legislativo reside en una Cámara de Representantes…. El ejecutivo será ejercido por un Presidente responsable de sus actos ante la Cámara… El poder judicial será objeto de una ley especial, quedando consignada su completa independencia de los otros. Esta constitución, fundada en los principios más absolutos de la democracia, ha sido acogida por el pueblo con las más vivas demostraciones de regocijo y entusiasmo».

EN DEFENSA DE LOS DERECHOS HUMANOS

La Carta de las Naciones Unidas no ofrece ninguna definición clara de lo que son derechos humanos, ni menciona las medidas concretas que deben tomarse cuando ellos sean violados. En la Conferencia de San Francisco, por otra parte, se hicieron algunas sugerencias a efecto de que debería redactarse un proyecto de declaración de los derechos humanos.

La Comisión de los Derechos Humanos, como organismo subsidiario del Consejo Económico y Social decidió, en 1947, que el proyecto debería contener una declaración de las estipulaciones y las medidas para ponerlo en vigor. La Declaración Universal de Derechos Humanos, basada en el texto preparado por la Comisión sobre Derechos Humanos, fue adoptada sin objeción alguna por la Asamblea General, en 1948, el 10 de diciembre de ese año.

En sus treinta artículos, la Declaración señala los derechos básicos y las libertades fundamentales a los que tienen derecho, en cualquier parte, todas las personas, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política, origen nacional o social, bienes, nacimiento u otra condición.