DERECHO DE ASOCIACION

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Argelio Guerra
Tal y como en las primeras y más rudimentarias formas de organización social, donde el hombre llegado el momento, decide abandonar la inseguridad de la vida aislada e individual y asociarse a sus semejantes para defender sus legítimos intereses de subsistencia y atraer hacia si los beneficios que le reporta la vida en común, en las modernas sociedades contemporáneas el derecho de asociación del individuo se constituye, por lo que le significa como escudo de protección a sus intereses y aspiraciones, en un derecho de naturaleza inclaudicable.
Los más relevantes documentos en materia de DD HH así reconocen el carácter prístino de este derecho fundamental:
  • Declaración Universal de Derechos Humanos (10-dic-1948):
    Articulo 20.1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacificas.
    Articulo 20.2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (16-dic-1966)
    Articulo 22.1. Toda persona tiene derecho a asociarse libremente con otras, incluso el derecho a fundar sindicatos y afiliarse a ellos para la protección de sus intereses.
De conformidad con estos postulados se constituye la asociación como un conjunto de personas que se unen bajo la sola condición de alcanzar un fin común, licito y determinado, como una organización con carácter estable y con personalidad jurídica propia e independiente del resto de la sociedad.
El derecho de asociación, al igual que el resto de los derechos individuales, tiene su génesis en la misma naturaleza humana, la que conforme a un conjunto de principios o características que le son consustanciales y que pueden servir de modelo para valorar las conductas y las leyes civiles, muestra un deseo o inclinación a la asociación con los demás para conseguir sus legítimos intereses de realización.
Así mismo, este derecho a la libre asociación de los individuos será conculcado y vulnerada la libertad de los ciudadanos, tanto si se limita o condiciona el mismo a elementos ajenos a lo dispuesto con anterioridad, como si se ejerce presión sobre los individuos forzándolos a pertenecer a una asociación determinada.