Reflexiones sobre varios Decretos y una Resolución

Lic. Dayana Cruz Vega

Al cabo de treinta y seis años, se promulgó el decreto ley que modifica la Ley 1312 de 1976, la llamada Ley Migratoria. Es así que el gobierno accede, por primera vez,  a darle la libertad a los cubanos de poder viajar a cualquier país, pero con determinadas restricciones, sobre todo a los profesionales.

Nos preguntamos si es justo el hecho que por ser personal calificado y habernos dedicado a superarnos, paguemos por ello,   –nosotros también tenemos familia que no podemos ver-  y tengamos que permanecer  lejos de ella, tan sólo por cometer el crimen de estudiar en este país.

Si analizamos el cuerpo de la supra norma, nos percatamos que ahora el gobierno se lava las manos pues hace la modificación legal migratoria en los momentos más difíciles en el entorno internacional, consciente de que serán los consulados extranjeros los que denegarán el visado al pueblo cubano.

Es del conocimiento internacional la situación que ha sufrido este pueblo durante cincuenta y cuatro años, donde nos han mantenido sin derecho alguno a decidir nuestro destino , por ello ya existe comunicación oficial de Estados que se han pronunciado en cuanto a no dar visas a los ciudadanos cubanos.

Hemos tratado de ser lo más prácticos posibles en lo que se refiere al análisis de la norma. Del cuerpo de la misma se deriva la intención del estado cubano de hacer creer a la opinión pública que ya no depende de él que los ciudadanos no podamos salir de Cuba,  ni tener acceso a un intercambio con otras naciones.

Además de las restricciones a los profesionales (que son bastantes en cuanto a la autorización de salida), se hace hincapié en el Reglamento de la norma (Decreto 306), las categorías específicas que requieren un tratamiento especial.

En su artículo 1 inciso b) estipula que los graduados de educación superior están sujetos a un tratamiento especial para recibir la autorización de salida del país, ya sea como turista o por interés personal;  asimismo plasma además, la regulación hecha  por el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social para el otorgamiento de tal derecho que como ciudadanos deberíamos tener, independientemente de la profesión que ejerzamos.

El Estado cubano continúa con su afán de retenernos injustamente en el país.

En la Resolución 343 de Finanzas y Precios se regula el nuevo impuesto sobre los documentos del trámite de solicitud del pasaporte, el que será de 100 cuc según proceda el caso.

La realidad en Cuba es que una vez que te superas y tratas de ser culto, el gobierno te asigna  un salario insuficiente  y un sinnúmero de restricciones, impidiendo que podamos desarrollar nuestro conocimiento a plenitud y que podamos tener intercambio con profesionales de otros países, sin acceso a Internet para conocer la realidad del mundo fuera del país.

Somos los únicos abogados del mundo tan mal remunerados y sin el derecho del ejercicio libre de la abogacía, la que debe ser puesta solo en función de servir a la ciudadanía  en aras de una verdadera justicia.

 

En sus marcas, listos,…

Lic. Yanelis Ramírez Cruz

Con ese lema nos preparaban en las clases de educación física los concienzudos profesores para que estirásemos nuestros tensos músculos, un tanto atrofiados por el apoltronamiento en el aula donde otros “profes”, esta vez de matemáticas u otras asignaturas, intentaban despertar nuestras neuronas del letargo de la adolescencia.

Teníamos que correr un tramo del patio, hasta la meta, en la cerca de un vecino cercano.

Saco a colación este tema a propósito de la publicación en la Gaceta Oficial del Decreto Ley 302 modificativo de la Ley 1312 Ley de Emigración del 20 de septiembre de 1976.

El 16 de octubre, los cubanos nos despertamos escuchando por todos los medios masivos la noticia de la modificación de la política migratoria. El artículo del diario Granma rezaba:

Actualiza Cuba su política migratoria.

Como era de esperar, la cola para comprar el periódico ese día tomó proporciones significativas, y fue otra gran sorpresa que la Gaceta Oficial mencionada, estuviese disponible junto a la prensa.

La noticia se ha convertido en la comidilla de las reuniones de sobremesa, del parque y de los pasillos: ya los cubanos pueden viajar a donde deseen, sin necesidad de recibir una carta de invitación de familiares, amigos o conocidos desde otros países, luego de pagar las elevadas tarifas consulares de las embajadas cubanas.

Parece un cambio radical pero, mirando con ojo avizor, no lo es tanto. Basta observar con espíritu analítico el Decreto No.306 Sobre el Tratamiento Hacia los Cuadros, Profesionales y Atletas que requieren autorización para viajar hacia el exterior.

Aquí se complica la madeja pues dicho decreto, con un lenguaje sumamente oscuro y enrevesado, expone con inexactitud quiénes son los sujetos que no pueden salir del país con las supuestas facilidades que brindan las modificaciones.

Se trata de los cuadros categorizados, directivos del aparato central del estado, directivos y ejecutivos que se desempeñan en actividades “vitales” para el desarrollo del país en programas “estratégicos”, proyectos de investigación de servicios y de salud, igual los técnicos que realizan esas mismas actividades vitales y estratégicas y los atletas de alto rendimiento, técnicos y entrenadores vitales para el movimiento deportivo cubano.

En una palabra, ni médicos, ni enfermeras, ni personal de la salud, ni deportistas, ni profesores de educación física, ni profesores de ninguna clase. Estos están excluidos de la modificación.

¿Será que está prevista una nueva ley para incrementar su mísero salario? Pudiera ser. Lo dudo.

Se sigue pidiendo sacrificio, trabajo y más trabajo. Mientras tanto, miles de jóvenes ponen rodilla en tierra y miran hacia la meta, esperando la señal del profesor con la vieja frase: en sus marcas, listos, …¡fuera!