“ … cuando le dije que yo tenía derechos y que él tenía que decírmelos, se me rió en mi cara y me preguntó que si yo veía muchas películas americanas…”
Lo anterior fue el final de la detallada explicación de un ciudadano sobre los sucesos que rodearon su detención, entre ellos la forma de actuar de los agentes policiales para con su persona.
Conversamos un poco más sobre la actuación policial que se refleja en programas norteamericanos sobre investigación criminal que se ponen en canales nacionales y en películas de ese mismo corte en el programa La Película del Sábado.
No es que pensemos que la policía estadounidense sea perfecta ni mucho menos, pero es evidente un nivel de profesionalismo en el desempeño de sus funciones y en el trato con los detenidos, pues la consabida información:
Ud. está detenido por………y todo cuanto diga a partir de ahora puede ser usado en su contra, es un párrafo que no falta en ese proceder.
Hasta donde recuerdo, nunca un ciudadano cubano me ha dicho que la policía nacional se ha dirigido a él en la forma procesal antes señalada.
Pudiera pensarse que esos clichés son propios del procedimiento policial norteamericano con el cual el nuestro no tiene nada que ver. Al menos, eso es lo que parece pensar nuestra policía pues jamás hacen nada parecido.
Sin embargo, aunque esto pueda asombrar a muchos, la Ley de Procedimiento Penal Cubana dice textualmente:
Artículo 161:
Ningún acusado tiene la obligación de declarar en su contra. El instructor…estará en el deber de hacerle saber de qué se le acusa, por quién y los cargos que se le dirigen, e instruirlo del derecho que le asiste para prestar declaración, si quisiera hacerlo, lo cual podrá realizar en cualquier momento y cuantas veces lo solicite.
Lo que, con otras palabras, viene a resultar lo mismo (o muy parecido) a lo que dicen los agentes norteamericanos cuando arrestan a una persona sospechosa de delito.
Por qué los agentes del Ministerio del Interior no cumplen con esa formalidad procesal a la que debieran estar obligados por la Ley, es algo que no sé, aunque tengo mis sospechas que están entre:
- Ellos mismos no conocen lo que la Ley de Procedimiento Penal establece.
- Es mejor no darle muchos recursos al detenido y mantenerlo en el mayor estado de indefensión posible.
Se me ocurre pues una recomendación para los que, por su trabajo, se ven envueltos en estas detenciones: debieran ver más la Película del Sábado.